N° 3546 - 17/11/2010 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°86
Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado al Distrito E4 (estación Terminal de
Ómnibus de Larga Distancia – Retiro) de Zonificación General del Código de
Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007
(BOCBA Nº 2.772);
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº
684-DGIUR-2009, informa que en el parágrafo 5.4.3.4 se indica lo normado para el
Distrito en cuestión establecido, en el punto 2) “Usos: Los específicos de la actividad
principal de que se trate y los usos complementarios y conexos necesarios para el
desarrollo de dicha actividad.”
Observaciones: Mientras el uso principal se mantenga y las intervenciones y/o nuevas
construcciones complementarias no superen el 20% de la superficie total de la parcela
corresponde la intervención de la Autoridad de Aplicación por todo acto o disposición
de carácter edilicio…;
Que de la documentación presentada, se observa que el presente local forma parte de
una batería de locales comerciales existentes, que se ubican en diferentes niveles, (fs.
12) desarrollando este en particular la superficie de 53,70m²;
Que en tal sentido, dicha Área Técnica no encuentra inconvenientes para la
localización de los usos solicitados;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos
“Café-Bar, Despacho de Bebidas, Whisquería, Cervecería”, en el inmueble sito en la
Av. Ramos Mejía Nº 1680 (bar calle Taxis), “Estación Terminal de Ómnibus Retiro”,
Planta Baja, Local Puente 3 – Sector D, con una superficie a habilitar de 53,70m²
(Cincuenta y tres metros cuadrados con setenta decímetros cuadrados), debiendo
cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación
pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de pleno
derecho lo autorizado precedentemente.
Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese copia de la presente al recurrente.
Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido
archívese. Ledesma
DISPOSICION N.º 281/DGIUR/09.
Buenos Aires, 22 de abril de 2009
VISTO:
El Expediente Nº 84.146/2007 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar
los usos “Comercio Minorista de calzados en general, artículos de cuero, talabartería,
marroquinería”, en el inmueble sito en la calle Nº 10 y la Av. Antártida Argentina,
Estación Terminal de Ómnibus Retiro, Local Nº 66 y 82, Sector C, Nivel +4,74, con una
superficie a habilitar de 25,70m², y
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