N° 3546 - 17/11/2010 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°39
Artículo 1º.- Autorizar los cortes totales de tránsito solicitados por la Dirección General
de Gestión y Planificación Deportiva, de las calzadas Juana Manso entre Azucena
Villaflor y Macacha Güemes, sin afectar bocacalles, y Marta Lynch entre Juana Manso
y Av. de los Italianos, sin afectar esta última, dejando en todo momento un carril libre
para ambulancias y vehículos de emergencia, el día Sábado 13 de Noviembre de 2010,
en el horario de 06:00 a 20:30 horas, con la concurrencia de la Policía Federal
Argentina y la Prefectura Naval Argentina, con motivo de realizar un evento atlético
denominado “Niké Buenos Aires Corre 10 Km.“.
Artículo 2º.- El transito que pretenda circular por la calles que se afectan deberá
desviarse por la transversal inmediata anterior a los cortes y retomar por la calle
paralela mas próxima que tenga el mismo sentido de circulación.
Artículo 3º.- Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal
interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o
accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los
seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando
cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de
evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso
de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y
señalamiento en los lugares de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se
deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias,
conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148.
Artículo 4º.- Los solicitantes deberán arbitrar los medios necesarios para contar en
forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y procederá al término
de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo
dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96.
Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la
misma carecerá de válidez. Asimismo, no implica autorización para la realización de
actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las
que deberán tramitarse por cuerda separada en las Áreas correspondientes.
Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
y para su conocimiento, notificación fehaciente y demás efectos, pase a la Policía
Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de
Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, y de Ordenamiento del Espacio Público.
Molinero
RESOLUCIÓN N.º 1213/SSSU/10
Buenos Aires, 11 de noviembre de 2010
VISTO:
La Resolución Nº 760-SsSU-2010, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Resolución mencionada, se autorizó al Grupo Scout Nº 165 “San Antonio
de Padua“, a realizar la afectación de las calzadas, Pedro Morán entre Av. Lincoln y
San Nicolás, solicitando varias fechas, con motivo de realizar una Muestra Artesanal; A
partir de las 07.00 horas del día sábado 4 de septiembre de 2010 hasta las 22.00 horas
Commenti su questo manuale