Ariston NRO 841 Manuale Utente Pagina 72

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N° 3546 - 17/11/2010 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°72
artículo 3
o
del Anexo I del Decreto N° 1076/GCBA/05.
Artículo 3°.- Dese al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de
Tercera Edad. Notifíquese en forma fehaciente al titular del establecimiento “Club
Asistencial Flor de Liz S.A.“, sito en la calle 3 deFebrero N° 2115/21 PB, SOT, Pl. 1
o
al
. Cumplido. Archívese. Vidal
RESOLUCIÓN N.° 837/MDSGC/10.
Buenos Aires, 24 de agosto de 2010
VISTO:
El Registro N° 874.589-DGFSCIV-2010, y la Ley N° 471, modificada por la Ley N°
1577, y;
CONSIDERANDO:
Que, por la citada actuación tramita la solicitud de extensión de licencia por maternidad
sin goce de haberes, formulada por la agente Alvarez, Natalia Lilian DNI. N°
29.921.162, perteneciente a la Dirección General Fortalecimiento de la Sociedad Civil
dependiente de la Subsecretaría de Promoción Social del Ministerio de Desarrollo
Social, a partir del día 14-09-2010 y por el término de noventa (90) días corridos hasta
el día 12-12-2010;
Que, el beneficio peticionado se encuentra previsto en el Artículo 22 de la Ley de
Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires N° 471 (BOCBA. N° 1.026); modificada por su similar N° 1.577 (BOCBA N°
2.115);
Que, por tanto es procedente dictar el acto administrativo que contemple dicha
situación.
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,
LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE
Artículo .1 .-Otórgase extensión de la licencia por maternidad sin goce de haberes
solicitada por la agente Alvarez, Natalia Lilian DNI. N° 29.921.162, perteneciente a la
Dirección General Fortalecimiento de la Sociedad Civil dependiente de la Subsecretaría
de Promoción Social del Ministerio de Desarrollo Social, a partir del día 14-09-2010 y
por el término de noventa (90) días corridos hasta el día 12-12-2010, de acuerdo con lo
establecido en el Art. 22° de la Ley N° 471 (BOCBA N° 1.026), modificada por su
similar N° 1.577 (BOCBA N° 2115).
Artículo .2°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Recursos Humanos y a
la Subsecretaría de Promoción Social, Dirección General Fortalecimiento de la
Sociedad Civil, debiendo esta última practicar fehaciente notificación de la presente a la
agente precitada. Cumplido, archívese. Vidal
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