N° 3546 - 17/11/2010 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°28
artículo 51 de la Ley Nº 471;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la
intervención que le compete, emitiendo el Dictamen PG Nº 44.797/10.
Por ello, en virtud de la Ley Nº 471 de Relaciones Laborales en la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, complementarias y reglamentarias,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1.- Sanciónase con treinta (30) días de suspensión a la Agente Gladys Noemí
Maximino, DNI Nº 13.214.928, (F.C. Nº: 286.489), en orden a los cargos de: 1º)
“Durante su gestión como encargada de vehículos de la Dirección Ejecutiva de la ex
Dirección General de Relaciones Internacionales y Protocolo no haber llevado un
registro de ubicación y tareas asignadas al vehículo Marca Ford Courier Dominio DCH
760, Io que dificultó su localización durante el año 2008“; 2º) “Haber informado en
reiteradas oportunidades que la Camioneta Ford Courier Dominio DCH 760 se
encontraba desde el mes de diciembre de 2007 en Talleres Lavardén detectándose
luego de una búsqueda que se encontraba circulando y había efectuado diversas
cargas de combustible, las cuales fueron hechos con su código“; 3º) “El día 9 de abril
de 2008 en dependencias de la Dirección Ejecutiva de la ex Dirección General de
Relaciones lnternacionales y Protocolo, haberse encontrado en la guantera de la
Camioneta Marca Ford Courier Dominio DCH 760 varios tickets de carga de
combustible -algunas de ellas realizadas durante fines de semana-, y una factura de “El
Universo del Control Remoto“ por venta o reparación de un Cargador Energizar con su
correspondiente orden de trabajo a su nombre, fechada 16 de febrero de 2008, sin
causa que lo justifique“; 4º) “Haberse detectado cargas de combustible efectuadas días
sábados y domingos a su nombre entre el 02 de noviembre de 2007 y el 09 de abril de
2008 sin causa que Io justifique, siendo que se desempeñaba de lunes a viernes de
06:00 a 13:00 horas“, siendo su conducta violatoria del artículo 10 incisos a), c) y g) de
la Ley Nº 471, y aprehendida por el artículo 47 incisos d) y e) del mismo cuerpo
normativo.
Artículo 2.- Sanciónase con diez (10) días de suspensión al Agente Néstor Raúl
Espina, L.E. Nº 5.090.068, (F.C.Nº: 325.046), por: “1º) Haber realizado una carga de
combustible registrada a su nombre, el día 24 de agosto de 2007 a la Camioneta Ford
Courier Dominio DCH 760 durante el período que no se encontraba en servicio“, 2º)
Haber realizado el día 24 de agosto de 2007, una carga de combustible a la Camioneta
Ford Courier Dominio DCH 760 a las 20:06 horas, cuando su horario de trabajo es de
06:00 a 13:00 horas“, siendo su conducta violatoria del artículo 10 incisos a) y c) de la
Ley Nº 471 y aprehendida por el artículo 47 incisos d) y e) del mismo cuerpo normativo.
Artículo 3.- Exímase al Agente Néstor Raúl Espina, L.E. Nº 5.090.068, (F.C.Nº
325.046), por “1) Haber realizado dos cargas de combustible registradas a su nombre
los días 16 y 27 de agosto de 2007 a la Camioneta Ford Courier Dominio DCH 760,
durante el período que no se encontraba en servicio“.
Artículo 4.- La Dirección General Custodia y Seguridad de Bienes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires previo a hacer efectiva la sanción a aplicarse,
deberá verificar si los Agentes Gladys Noemí Maximino, DNI Nº 13.214.928, (F.C.Nº:
286.489) y Néstor Raúl Espina, L.E. Nº 5.090.068, (F.C.Nº: 325.046) se encuentran
amparados por el marco normativo de la Ley Nº 23.551 y, en caso afirmativo, deberán
volver las actuaciones a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires para promover judicialmente la acción de exclusión de la tutela sindical.
Artículo 5.- Dése intervención al Ministerio de Hacienda para que se expida respecto de
la conducta del Agente Adrián Ángel Miranda; DNI Nº 13.385.666, (F.C.Nº 212.445).
Artículo 6.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
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