Ariston NRO 841 Manuale Utente Pagina 112

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N° 3546 - 17/11/2010 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°112
Que se trata de un inmueble incluido en el “Listado de Inmuebles Catalogados
Singulares de la Ciudad de Buenos Aires” con Nivel de Protección “Estructural”, (Ley
Nº 3590 del 07/10/2010);
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº
4508-DGIUR-2010, informa que las obras a ajustar consisten básicamente en la
ampliación del inmueble sobre la azotea, donde originariamente existía una habitación
de servicio, generando un atelier y un baño;
Que en tal sentido y según lo constatado en una visita al inmueble realizada por
profesionales del área, el Área Técnica competente entiende que las obras ejecutadas
sin permiso no modifican la tipología ni son visibles desde el pasaje público, por lo que
no existirían inconvenientes en acceder al visado solicitado;
Que en virtud a lo dispuesto en el Acuerdo Nº 265-CoPUA-2003, no corresponde
elevar los presentes actuados a dicho Organismo;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Vísanse los Planos de “Ajuste de obras ejecutadas sin permiso”, en el
inmueble sito en la calle Arribeños Nº 2346/50/52, UF Nº 10 “H”, con destino “Vivienda
Multifamiliar”, con una superficie de terreno de 2261,20m² (Dos mil doscientos sesenta
y un metros cuadrados con veinte decímetros cuadrados), una superficie existente
s/plano de antecedente de 1516,05m² (Mil quinientos dieciséis metros cuadrados con
cinco decímetros cuadrados), una superficie sin permiso reglamentaria de 50,40m²
(Cincuenta metros cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados), una superficie sin
permiso no reglamentaria de 11,45m² (Once decímetros cuadrados con cuarenta y
cinco decímetros cuadrados) y una superficie libre de 504,57m² (Quinientos cuatro
metros cuadrados con cincuenta y siete decímetros cuadrados), según planos obrantes
a fs. 1 y sus copias de fs. 2 a 4, debiendo cumplir con la normativa vigente que resulte
de aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Notifíquese al interesado que el visado del plano de obra y la memoria
descriptiva se circunscribe a la conformidad respecto de las intervenciones a ejecutar
en el inmueble y del uso correspondiente, exclusivamente en los aspectos que están
relacionados con la protección del Patrimonio. Una vez finalizadas las obras en su
totalidad, el uso será Permitido de acuerdo a los términos en los cuales fueron
aprobadas las mismas.
Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma, modificación del inmueble o
tratamiento de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General.
Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de pleno
derecho lo autorizado precedentemente.
Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese copia certificada de la presente
Disposición al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires. Cumplido, vuelva para su control. Ledesma
DISPOSICIÓN N.º 1.325/DGIUR/10.
Buenos Aires, 9 de noviembre de 2010
VISTO:
El Expediente Nº 1.208.489/2010 por el que se consulta sobre la factibilidad de
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